Conducir sin carnet sera delito
DEFENSOR DEL ASEGURADO Conducir vehículos sin haberse sacado el carné o habiéndolo perdido cautelar o definitivamente por decisión judicial será delito a partir de mayo 2008, cuando concluye la moratoria concedida a esos conductores para que regularizaran su situación.
En concreto, entra en vigor el párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal, el único precepto de la reforma penal en materia de seguridad vial que no estaba aún vivo ya que el resto es de aplicación desde el 2 de diciembre.
A estos conductores, según recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT), se les dieron cinco meses para que regularizaran su situación antes de comenzar a considerar delito lo que hasta ahora era sólo una infracción administrativa.
14 de Mayo de 2008 - Posted in SEGURO AUTOMOVIL-ACCIDENTES, NOTICIAS, DEFENSOR ASEGURADO, DEFENSA JURIDICA, JURISPRUDENCIA | Sin comentarios »
