Defensor del Seguro: La Ley 26/2006, de 17 de Julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, establece en su exposición de motivos, apartado V: “Asimismo la Ley incide en la protección de la clientela de los servicios de mediación al establecer la exigencia de prever procedimientos para atender y resolver las quejas y reclamaciones que la clientela de los mediadores pueda presentar conforme a lo establecido en la Ley y en la normativa sobre protección del cliente de los servicios financieros, incluidas las normas de protección de los consumidores y usuarios. A estos efectos, la Ley establece para todos los mediadores de seguros que operen en España la obligación de disponer de un departamento o servicio de atención al cliente o de un defensor del asegurado“.
El art. 21, apartado d): estable entre los requisitos para ejercer como agente de seguros vinculado, con necesidad de presentar memoria en la que se debe incluir los mecanismos adoptados para la solución de los conflictos por quejas y reclamaciones de la clientela, y en el apartado g): los mecanismos adoptados para la solución de conflictos por quejas y reclamaciones de la clientela.
El Defensor del Asegurado, con Telefono 952215859 esta especializado en la resolución de quejas y reclamaciones en el sector seguros.