Seguro Fallecimiento
Noticia www.20minutos.es: El seguro de fallecimiento resuelve cada año 25.000 situaciones comprometidas a las familias españolas tras la muerte de un familiar beneficiario de esta cobertura, según datos de la Memoria Social del Seguro Español 2006. De este informe también se extraen datos como que el 66% de los hogares españoles cuenta con un seguro de vida y que el mayor número de asegurados tiene entre 25 y 34 años y sus pólizas están vinculadas, en gran medida, a la necesidad de proteger el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento.
5 preguntas a…
Pilar Blanco- Morales, Directora de Registros
1¿Por qué surge la necesidad de crear un registro de pólizas?
Mucha gente ignoraba que su familiar fallecido tenía contratado un seguro de vida y se quedaba sin cobrarlo.
2¿Cómo se actualizará la lista?
Los bancos y aseguradoras tienen que registrar todas las pólizas. Hemos contado con la colaboración de estas entidades, por lo que no se ha puesto en marcha ningún sistema de sanciones para aquellos que no dejen constancia de los nuevos seguros.
3¿Cuáles son los trámites para realizar la solicitud?
El impreso 790 puede solicitarlo a partir de mañana (por hoy), transcurridos 15 días desde el fallecimiento del asegurado, cualquier persona que adjunte el certificado literal de defunción y pague la tasa de 3,3 euros en un banco o caja.
4¿Dónde hay que acudir?
Hay que entregar los documentos –personalmente o por correo– en el Registro General de Actos de Última Voluntad (plaza de Jacinto Benavente, 3 Madrid) o en las 22 Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. La entrega del certificado se realizará en el acto si se solicita en persona, y en siete días si se pide por correo.
5¿Existen plazos de caducidad?
Los datos de este registro se guardarán durante 5 años a contar desde la fecha de defunción del asegurado, por lo que no podrá solicitarse el certificado una vez superado este plazo.
Como hemos indicado en otras noticias un gran numero de seguros de vida se quedan sin cobrar por desconocimiento de sus beneficiarios, por ejemplo en tarjetas de credito, por compras realizadas con dichas tarjetas por ejemplo para un viaje o transporte, en las hipotecas, regalos por tener acciones, etc.
DEFENSOR DEL ASEGURADO: Telefono 952215859
29 de Junio de 2007 - Posted in SEGURO VIDA, SEGUROS INVALIDEZ, NOTICIAS, DEFENSOR ASEGURADO, DEFENSA JURIDICA, SEGUROS DECESOS, SEGUROS VIAJES | Sin comentarios »

